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Elecciones presidenciales Colombia 2022 consulte aquí su punto de votación


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Este 29 de mayo se realizarán las votaciones para elegir el próximo presidente de Colombia, por tal motivo sino no conoces tu punto de votación aquí puedes consultar este y otros puntos de interés sobre el tema. Continua leyendo.

Ley seca para las elecciones presidenciales

El Gobierno Nacional reportó este jueves 26 de mayo, una modificación en el horario de la ley seca para el fin de semana, en el que se llevarán a cabo las elecciones presidenciales.

De acuerdo con el decreto emitido, la ley seca se desarrollará desde el sábado 28 de mayo a las 6:00 p. m. hasta el lunes 30 de mayo a las 12:00 del mediodía.

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¿Dónde puedo consultar mi lugar de votación?

A partir del 29 de abril de 2022 los colombianos pueden consultar su puesto de votación en la página web de la entidad www.registraduria.gov.co en el banner “Consulte aquí su lugar de votación”.

Allí, al digitar su número de cédula, el sistema arrojará los datos del puesto y mesa de votación en el que está habilitado para votar o también podrá consultar descargando la app INFOVOTANTES ELECCIONES 2022.

Tanto si inscribiste tu cédula como sino lo hiciste puedes ejercer tu derecho al voto, te recomendamos que consultes el sitio web destinado por la registraduría con tiempo pues puede que ser que por el nivel de visitas que reciba el sitio web el día domingo la página este lenta para cargar o no abra.

Para conocer tu punto exacto de votación puedes ingresar aquí y seguir estos pasos:

1. Ingresa a https://eleccioncolombia.registraduria.gov.co/home

2. Click en la primera opción que dice «LUGAR DE VOTACIÓN»

3. Ingresa tu número de documento, marca la casilla de verificación «No soy un robot» y da click en Continuar

Una vez ingresas la plataforma te mostrará tu punto exacto de votación, la mesa y la dirección con la opción de consultar ubicación en Google Maps,

Recuerda que para votar debes llevar tu documento de identificación y preferiblemente tu propio lapicero o marcador, aquí te compartimos un vídeo con el instructivo de cómo votar correctamente.

¿Quiénes pueden votar en la elección para presidente vicepresidente de la república?

Pueden votar todos los colombianos mayores de edad, que residan dentro o fuera del país y tengan su cédula inscrita en el censo electoral. Quienes viven en el exterior podrán sufragar entre el 23 y el 29 de mayo y los colombianos residentes en el país lo harán solamente el 29 de mayo entre las 8:00 a. m. hasta las 4:00 p. m.

¿Qué documento se debe presentar para votar?

Los sufragantes, en el país y en el exterior, solamente deberán presentar la cédula de ciudadanía amarilla con hologramas o la cédula digital, en físico o en el celular. No se permite votar con la contraseña o con otro documento.

¿Habrá certificado electoral para este certamen?

Sí, al tratarse de una elección ordinaria, el sufragante, después de depositar su voto en la urna, recibirá el certificado electoral.

¿Se puede votar con la contraseña?

No, el único documento válido para votar es la cédula de ciudadanía amarilla con hologramas o la cédula digital, en físico o en el celular. La contraseña, la libreta militar, el pase de conducción, entre otros, no son documentos válidos.

¿Quiénes pueden votar en el exterior?

Todos los colombianos residentes en el exterior, que estén incluidos en el censo electoral o hayan realizado la inscripción de su cédula en las fechas estipuladas por la Registraduría Nacional del Estado Civil, por cambio de lugar de residencia.

¿Pueden votar los miembros de la Fuerza Pública?

La Constitución Política de Colombia, en su artículo 219, señala que los miembros de la Fuerza Pública no podrán ejercer el derecho al sufragio, mientras permanezcan en servicio activo.

¿Puedo votar sin haber inscrito mi cédula?

Sí, siempre y cuando su cédula de ciudadanía haya sido expedida después del 8 de enero de 2003, puede votar en el puesto que le asignó la Registraduría, cercano al lugar donde tramitó

¿Cuál es el horario para votar?

Para las elecciones de presidente y vicepresidente, el horario de votación, tanto en el territorio nacional como en el exterior, es de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. su documento.

¿Si son las 4:00 p. m. y estoy en la fila puedo votar?

No. A las 4:00 p. m. se cierran las mesas de votación. Si aún hay ciudadanos haciendo fila, no podrán votar después de esa hora. Únicamente podrá votar el ciudadano que en ese momento haya entregado su cédula de ciudadanía al jurado de votación.

Si hay segunda vuelta, ¿cuándo se realizará?

La segunda vuelta ocurrirá siempre y cuando en las elecciones realizadas el 29 de mayo de 2022, ninguno de los candidatos obtenga la mitad más uno del total de los votos. Si es así, se celebrará el 19 de junio de 2022. En ésta sólo participarán los dos candidatos que obtengan la más alta votación en la primera vuelta.

¿Qué pasa si el ciudadano se equivoca al marcar la tarjeta electoral?

El ciudadano deberá devolver a los jurados de votación la tarjeta electoral incorrectamente diligenciada, la cual será anulada por parte de los jurados y podrá solicitarles una nueva tarjeta electoral.

¿Cómo se obtiene el certificado electoral?

El ciudadano recibe el certificado electoral una vez deposite la tarjeta electoral en la urna.

¿Cuáles son los beneficios que otorga el certificado electoral a quienes ejercen su derecho al voto en Colombia?

Son múltiples los beneficios que se ofrecen a los ciudadanos que decidan ejercer su derecho al voto, entre estos se encuentran:

  • Derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector. Tal descanso compensatorio se disfrutará entre los 30 días (calendario) siguientes a la fecha de la elección. Este beneficio aplicará siempre que el ciudadano cuente con un vínculo laboral con todas las prestaciones de ley.
  • Derecho a ser preferido frente a quienes injustificadamente no lo hayan hecho, en caso de igualdad de puntaje en los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
  • Derecho a rebaja de un (1) mes sobre el total de tiempo de prestación de servicio militar cuando se trate de soldados bachilleres o auxiliares de policía bachiller y de dos (2) meses cuando se trate de soldados campesinos o soldados regulares.
  • Derecho a ser preferido frente a quienes injustificadamente no lo hubieren hecho, en caso de igualdad de puntaje en la lista de elegibles para un empleo de carrera del Estado.
  • Derecho a ser preferido, frente a quienes injustificadamente no lo hicieron en la adjudicación de becas educativas, de predios rurales y de subsidios de vivienda que ofrezca el Estado, en caso de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en concurso abierto.

Para obtener más información sobre la jornada electoral en Colombia puedes ingresar aquí

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